CE Disc Golf 2015 - reglamento: 802.04 Lanzando desde una Postura

En el grupo de facebook del Disc Golf Club Oviedo ha surgido una nueva duda sobre el reglamento. Un caso muy normal, pero al mismo tiempo muy importante.

Se trata de uno de los temas más delicados de nuestro reglamento: lanzando desde una postura, lo que significa que es necesario conocer los conceptos de línea de juego y marca:

Línea de juego: Es la línea imaginaria en la superficie de juego que va desde el centro del objetivo hasta el centro del disco marcador y que se extiende infinitamente.

Marca (lie): El lugar en la superficie de juego detrás del disco marcador, desde donde el jugador podrá lanzar el disco según las reglas. Es una línea de 30 centímetros que se extiende a lo largo de la línea de juego desde el borde más alejado del disco marcador. La marca al comienzo de un hoyo es el área de salida (tee). Una zona de dropaje también es una marca.

Primero tenemos que establecer la marca:

802.03 Estableciendo la Marca (lie)

A. La posición de un disco lanzado dentro del recorrido y sobre la superficie de juego, determina la marca (lie).
B. De forma alternativa, un mini disco marcador podrá usarse para establecer la marca colocándolo sobre la superficie de juego, tocando la parte frontal del disco lanzado y en la línea de juego.
C. Será obligatorio el uso de un mini disco marcador en los siguientes casos:
(1) Estableciendo una marca aproximada.
(2) Marcando un disco por encima o por debajo de la superficie de juego (ver 802.02 C).
(3) Cambiando la marca a un lugar a un metro de distancia de la zona fuera de recorrido (ver 802.03D).
(4) Cuando se esté haciendo uso de una ayuda (ver 803.01).

D. Si la posición del disco lanzado se encuentra dentro del recorrido pero a menos de un metro de la línea de fuera de recorrido, la marca podrá ser establecida colocando un mini disco marcador sobre la superficie de juego en cualquier lugar en una línea de un metro de longitud que se extienda perpendicularmente desde el punto más cercano en la línea de fuera de recorrido y que pase por el centro del disco lanzado, incluso si este cambio de la marca hace que la marca esté más cerca del objetivo. Para este efecto se considerará la línea de fuera de recorrido como un plano vertical.

E. Si un obstáculo grande y sólido impide al jugador lanzar con una postura legal detrás del disco marcador se podrá, de manera alternativa, establecer la marca con un mini disco marcador colocado sobre la superficie de juego inmediatamente detrás del obstáculo y en la línea de juego.

F. Un disco marcador que haya sido desplazado antes de haberse realizado el lanzamiento podrá ser colocado en su posición original para establecer la marca aproximada.

G. Un jugador podrá recibir una advertencia por la primera infracción de una regla de marcaje. Un lanzamiento de penalización se podrá aplicar para cada una de las subsiguientes infracciones dentro de la misma ronda.

Tras establecer la marca nos toca lanzar:


802.04 Lanzando desde una Postura


A. Un jugador deberá elegir la postura de lanzamiento que provoque el menor desplazamiento de cualquier parte de cualquier obstáculo que sea parte permanente o integral del recorrido. Una vez se adopte la postura legal, el jugador no podrá mover un obstáculo de ninguna manera para hacerse un hueco que facilite el lanzamiento. Si el lanzamiento de un jugador causara el movimiento accidental de un obstáculo, se considerará legal.

B. Cuando el disco sea lanzado, el jugador deberá:
(1) tener al menos un punto de apoyo en la marca y,
(2) no tener ningún punto de apoyo en contacto con el disco marcador ni con ningún objeto (incluyendo la superficie de juego) que se encuentre más cerca del objetivo que la parte posterior del disco marcador
(3) tener todos los puntos de apoyo dentro del recorrido.

C. El contacto de un punto de apoyo con el disco marcador o más allá del mismo está permitido después de haber lanzado el disco, excepto durante un putt.

D. Realizando un putt. Cualquier lanzamiento a 10 metros o menos del objetivo, medido desde la parte posterior del disco marcador hasta la base del objetivo, es un putt. El contacto de un punto de apoyo con cualquier lugar más cerca del objetivo que la parte posterior del disco marcador tras haber realizado el lanzamiento es una infracción de postura. El jugador deberá demostrar que mantiene el equilibrio antes de avanzar hacia el objetivo.

E. Un jugador podrá recibir una advertencia en el caso de cometer una infracción de postura en una ronda. Sucesivas infracciones en la misma ronda acarrearán un lanzamiento de penalización. Las infracciones de postura no podrán ser denunciadas ni secundadas por el lanzador.
F. Se ignorará cualquier lanzamiento realizado desde una postura ilegal. Se procederá entonces a lanzar el disco de nuevo desde la marca original y antes de que cualquier otro jugador lance.

Una pequeña jungla de reglas, pero lo más importante es tener claro los conceptos básicos: se lanza en la línea de juego, a un máximo de 30 cm por detrás del borde más alejado del marcador.

Esto quiere decir que no se puede lanzar al lado del mini, siempre detrás y en línea de juego. En realidad no es tan difícil.

Por último, una pequeña aclaración: si hay mandos de por medio, el mando reemplaza al objetivo en la definición de línea de juego. Primero tendríamos que lidiar el mando, y después de pasarlo continuaríamos con la canasta como nuevo objetivo de la línea de juego. En este artículo del 15 de octubre de 2013 ya publicamos un buen ejemplo gráfico de este tipo de situaciones.





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